El artículo 14 de la Ley General de Bancos, establece que la Comisión para el Mercado Financiero debe mantener información permanente y refundida sobre los deudores de los Bancos y Cooperativas, para el uso de las instituciones sometidas a su fiscalización.
Es en virtud de esta obligación de información, que de presentar dudas, consultas o reclamos por este concepto se encuentran a su disposición los siguientes canales de comunicación:
1. Correo electrónico: [email protected]
2. Formulario en línea
3. Formulario físico, disponible en cada una de nuestras oficinas a nivel nacional.
Ejemplo del Formulario en Linea.